En el actual contexto de incremento de fenómenos meteorológicos adversos, con episodios cada vez más frecuentes de lluvias torrenciales, DANAs, olas de calor o fuertes temporales, resulta imprescindible que las Administraciones Públicas dispongan de protocolos claros y específicos de actuación ante emergencias exteriores. Desde el departamento de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT Serveis Públics ofrecemos una guía-resumen con la situación actual de protocolos, normas y circulares en los distintos sectores de la Administración Pública Valenciana.
SITUACIÓN ACTUAL EN LOS DISTINTOS SECTORES DE LA GENERALITAT
- Función Pública: dispone de un protocolo de actuación en caso de emergencias exteriores, aprobado tras requerimiento de la Inspección de Trabajo. Este documento regula las medidas a adoptar según el nivel de alerta meteorológica y establece pautas de seguridad
- Sanidad: carece de un protocolo propio. Ante situaciones de alerta, únicamente remite las instrucciones generales de Función Pública junto a una circular de actuación, sin contemplar las especificidades de los centros sanitarios ni las necesidades de su personal.
- Justicia: dispone de una instrucción de fecha 8 de septiembre que acaba de ampliar a los días 29 y 30 de septiembre de 2025 para los empleados y empleadas de la Administración de Justicia que no puedan desplazarse por causas de fuerza mayor derivadas del temporal. No obstante, se trata de un documento aislado, pendiente de integrar en un protocolo formal y negociado en el marco de la prevención de riesgos laborales.
CIRCULAR INFORMATIVA SOBRE LA EXENCIÓN DE ASISTENCIA AL TRABAJO DEL PERSONAL EMPLEADO PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CUYAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE PERSONAL CORRESPONDEN A LA COMUNIDAD VALENCIANA, AFECTADO POR EL TEMPORAL DE LLUVIAS - Educación: No disponía hasta ahora de protocolo, pero esta semana ha presentado un borrador a los sindicatos que está en negociación.
ESBORRANY PROTOCOL EMERGÈNCIES EXTERIORS
SITUACIÓN ACTUAL UNIVERSIDADES PÚBLICAS VALENCIANAS
- Universidad Miguel Hernández de Elche
PROTOCOLO-FENOMENOS-METEOROLOGICOS-2025.pdf
- Universitat Jaume I de Castelló
PLAN DE ACTUACIÓN EMERGENCIAS UJI
- Universitat Politècnica de València
PROTOCOLO PARA LA TOMA DE DECISIONES EN SITUACIONES DE EMERGENCIA EN LA UPV (1).pdf
- Universidad de Alicante
PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS
- Universitat de València. No dispone de protocolo específico.
SITUACIÓN ACTUAL ADMINISTRACIÓN LOCAL
- Los ayuntamientos cuentan con una guía elaborada por la Generalitat con recomendaciones sobre cómo actuar en caso inclemencias climatológicas, aunque cada corporación local dicta sus propias instrucciones o protocolos.
GUIA DE RECOMENDACIONES PARA AYUNTAMIENTOS
SITUACIÓN ACTUAL SECTOR POSTAL
- El sector de Correos cuenta con un protocolo específico:
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS ADVERSAS
PERMISO RETRIBUIDO DE HASTA 4 DÍAS POR FUERZA MAYOR CLIMÁTICA
Recientemente, la legislación española ha incorporado un permiso específico para proteger a las personas trabajadoras en casos de fenómenos meteorológicos adversos que impidan el desarrollo de la actividad laboral (Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre).
¿En qué consiste?
Es un permiso retribuido de hasta cuatro días al que tienes derecho cuando, por causa de fuerza mayor derivada de una alerta meteorológica, te es imposible acudir a tu puesto de trabajo. Esto significa que podrás ausentarte sin que se te descuente del salario y sin necesidad de recuperar esas horas.
Condiciones para solicitarlo:
Para acogerse a este permiso, deben darse una de las siguientes circunstancias:
1. Imposibilidad física de llegar al trabajo: Por ejemplo, carreteras cortadas por nieve, inundaciones o riesgo extremo en el trayecto.
2. Recomendaciones o prohibiciones de las autoridades: Cuando Protección Civil u otro organismo competente aconseja no realizar desplazamientos en la zona afectada.
Es importante destacar que este permiso solo se aplica si no es posible realizar teletrabajo. Si la naturaleza de tus funciones permite trabajar a distancia y la Administración/empresa te proporciona los medios necesarios, esta será la alternativa preferente.
¿Cómo proceder?
1. Notificación a tu empresa: Comunica la imposibilidad de acudir a tu puesto de trabajo tan pronto como sea posible, explicando los motivos y haciendo referencia a la alerta meteorológica y las recomendaciones oficiales.
2. Aporta justificación si es requerida: Guarda cualquier comunicado oficial, noticia o fotografía que pueda servir como justificante de la situación (alertas de AEMET, comunicados de Protección Civil, etc.).
Si la situación de riesgo se prolonga más allá de los cuatro días de permiso, la empresa podría optar por aplicar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor hasta que la normalidad se restablezca.
RECOMENDACIONES GENERALES ANTE ALERTA NARANJA O ROJA
Cuando la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) emite una alerta naranja (riesgo importante) o roja (riesgo extremo) por fenómenos como lluvias torrenciales (DANA), nevadas, viento, olas de calor o tormentas, sigue estas pautas:
- Mantente informado/a: Sigue las informaciones de fuentes oficiales como AEMET, Protección Civil y el 112. Presta atención a las instrucciones y recomendaciones de las autoridades.
- Prioriza la seguridad en los desplazamientos: Si las autoridades desaconsejan o restringen los desplazamientos, evita coger el vehículo. Si es imprescindible, conduce con extrema precaución, por vías principales y con el depósito lleno.
- Evalúa el riesgo en tu puesto de trabajo:
- Trabajos en el exterior. La empresa debe adaptar las condiciones para evitar el riesgo.
- Trabajos en interiores: Asegúrate de que las condiciones del centro de trabajo son seguras (sin riesgo de inundaciones, con temperaturas adecuadas, etc.).
- Comunica tu situación a la Administración/empresa: Informa a tu empleador si tienes dificultades para acudir a tu puesto de trabajo debido a la situación meteorológica. Es crucial mantener una comunicación fluida.
La seguridad es un derecho fundamental. Ante una situación de riesgo grave e inminente, ningún trabajador o trabajadora debe poner en peligro su vida o integridad física para acudir a su puesto de trabajo.