UGT ha solicitado a la Conselleria la convocatoria urgente de un nuevo proceso de estabilización del empleo público:
1. El gobierno ordena a las autonomías la convocatoria de otro proceso de estabilización para reducir la temporalidad antes de que finalice 2023 y resolver la Oferta Pública de Empleo antes del 31 de diciembre de 2024.
2. Deben salir a concurso todas las plazas vacantes de naturaleza estructural que estuvieron ocupadas el 31 de diciembre de 2021 por personal con una relación temporal anterior al 1 de enero de 2016 y que no hubieran superado un proceso de estabilización distinto del concurso de méritos.
El Gobierno ha ordenado a las autonomías la convocatoria de un nuevo proceso para reducir la temporalidad y que esta quede por debajo del 8%
3. Todas las plazas incluidas en el ámbito de aplicación de las DA 6ª y 8ª de la Ley 20/2021 tienen que estar convocadas a través de un concurso de méritos, aunque estas plazas a 30 de diciembre de 2021 estuvieran incluidas en procesos selectivos anteriores.
4. No se pueden excluir plazas ya convocadas de los concursos de méritos, es por lo que el RDL ordena que estas plazas se incluyan ahora en una nueva convocatoria de estabilización.
5. El RDL recoge el derecho de todo empleado de larga duración a la estabilización a través de un concurso de méritos y que no está reñido con que se estabilicen además plazas.
6. No se exige que la ocupación de la plaza sea ininterrumpida.
7. Todo empleado público temporal tiene derecho a no ser discriminado en las condiciones de acceso.