El Sector Salud, Sociosanitario y Dependencia de UGT Serveis Públics reclama al Gobierno de la Generalitat que estudie y apoye la jubilación anticipada a los 60 años y la parcial con contrato de relevo para el personal sanitario, no sanitario y sociosanitario que trabaja en los servicios de salud de la Comunitat Valenciana.
La organización sindical denuncia el agravio comparativo que sufre este personal respecto de cualquier otro incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, ya que es el único, junto con el funcionariado, que no puede disfrutar de este tipo de jubilación aunque se cumplan los requisitos marcados legalmente.
Ambas modalidades de jubilación (ya sea anticipada o parcial con contrato de relevo) tiene efectos positivos tanto para el propio personal como para la ciudadanía ya que redunda en una mejora de la calidad del servicio. La jubilación progresiva y voluntaria del profesional evita una desconexión brusca con su actividad y la posibilidad de transferir sus conocimientos y experiencia antes de la jubilación total.
Potencia la figura del personal relevista que, además de rejuvenecer la plantilla, se beneficia de esta trasmisión de conocimientos, al tiempo que se da continuidad en la calidad del servicio.
Muchas de las actividades profesionales desarrolladas por el personal de los servicios sanitarios suponen, a menudo, una exposición constante a agentes tóxicos, peligrosos, insalubres y altamente contaminantes, como por ejemplo la exposición a citostáticos, gases anestésicos, radiaciones, agentes biológicos y requieren una elevada demanda física y psíquica para el desarrollo del puesto de trabajo. Además, el trabajo a turnos, incluidos los nocturnos, es habitual en este colectivo.
En el ámbito de la dependencia, en el que UGT también ha solicitado la jubilación anticipada, los puestos de trabajo se ven caracterizados por una mano de obra intensiva que realiza sus cometidos en condiciones extremadamente duras, ya que es común el esfuerzo físico como fuerza motora para la realización de su actividad.
A medida que aumenta la edad del personal, crece el tiempo que desempeña este tipo de trabajo, lo que genera un desequilibrio obvio entre las capacidades físicas y los requerimientos del puesto. UGT Serveis Públics pide que se insista en la modificación del artículo 215 de la Ley General de Seguridad Social, para que haga referencia al Estatuto Marco, y en la del Real Decreto 1131/2002, por el que se regula la jubilación parcial.
Aunque se trata de una competencia estatal, el sindicato recuerda a la Conselleria de Sanitat que depende del ámbito autonómico llevar a cabo un plan de ordenación de recursos humanos para fomentar que su personal pueda retirarse anticipadamente o parcialmente, como indica el artículo 26.4 del Estatuto Marco.
El sindicato ha dirigido un escrito a la consellera de Sanitat, Ana Barceló, en el que recuerda que UGT lleva años reclamando que se inicie la negociación necesaria y el desarrollo normativo preciso para hacer efectiva la jubilación parcial y la anticipada por coeficientes reductores para el personal dependiente de esta administración.
Con todo, en espera de que fructifique la negociación, UGT Serveis Públics propone varias soluciones intermedias para aliviar la situación de este personal. Así, plantea la adaptación o cambio de puesto del personal funcionario, estatutario y laboral por motivos de salud o exposición a riesgos laborales. Además, pide para este colectivo “la segunda actividad” o exención de turno de noche por razón de edad. En este sentido, el sindicato insiste en que el personal con edad cercana a la jubilación pueda cambiar de puesto o de turno rotatorio a un horario fijo (mañana o tarde) sin que esto suponga una merma de sus retribuciones. Esta opción permitiría a las personas mayores de 55 años que hayan realizado de forma ininterrumpida turno rotatorio durante un periodo de siete años cambiar a turno fijo sin dejar de percibir el complemento de atención continuada.
Datos de la auditoría operativa
Según datos de la auditoría operativa de la gestión del personal sanitario realizada por la Sindicatura de Comptes, en 2019 la edad media del personal facultativo era de 49,2 años y el porcentaje de profesionales que superaban los 60 años se situaba en el 23% de la plantilla. En el caso del colectivo de medicina familiar y comunitaria, el 55,9% son mayores de 60 años. Por su parte, el grado de envejecimiento entre el personal de enfermería es ligeramente inferior, pero también destacable. La proporción de personal mayor de 60 años es del 18%. Este informe no proporciona datos de otras categorías, aunque son mayoritarias y también están afectadas por el envejecimiento.