Un juzgado de Alicante reconoce el derecho a indemnización a un interino que cesó tras no poder consolidar su plaza
Los servicios jurídicos de Alicante de UGT Serveis Públics PV han ganado una sentencia que reconoce el derecho a indemnización por cese a un funcionario interino del Ayuntamiento de Alicante al cesar su actividad por no lograr consolidar su plaza después de 15 años trabajando en el consistorio. El fallo, dictado por el juzgado de lo contencioso administrativo número 2 de Alicante, es pionero ya que hasta ahora este derecho sólo se había reconocido al personal laboral.
En este caso, el trabajador, cuya plaza ha sido ocupada por otra persona que participó en el proceso de estabilización de la oferta de empleo público 2016-2018, recibirá, tal como reclamaba, una indemnización de 20 días por año trabajado, lo que implica una compensación de 24.255 euros.
Ley 20/21 de medidas urgentes
El tribunal da la razón al interino, defendido por el abogado de UGT-SP-PV Javier Sánchez Bardera, y recoge que el recurrente participó y no obtuvo plaza en el proceso correspondiente a la oferta de empleo público 2016-2018. La sentencia se basa en la Ley 20/21 de medidas urgentes para reducir la temporalidad, una norma que recoge que en los procesos de estabilización, las administraciones públicas debían sacar a procesos de consolidación las plazas que habían estado «ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020».
El trabajador, cuya plaza ha sido ocupada por otra persona que participó en el proceso de estabilización de la oferta de empleo público 2016-2018, recibirá, tal como reclamaba, una indemnización de 20 días por año trabajado, lo que implica una compensación de 24.255 euros.
Asimismo, se indica que si se viera finalizada la relación con la administración tras no superar el proceso selectivo «corresponderá una compensación económica equivalente a 20 días por año de servicio». La norma es de 2021, posterior a la oferta pública del caso analizado, pero el cese de la actividad del empleado público (en mayo de 2022, cuando se resuelve el procedimiento) es posterior por lo que el tribunal lo considera incluido.
Consecuencias del fallo
Las consecuencias de este fallo pueden ir más allá del caso particular en Alicante ya que abre la puerta a que los funcionarios y funcionarias interinos cesados como consecuencia de los diferentes procesos selectivos de las administraciones públicas sean indemnizados como si se tratase de un despido procedente por todos los años trabajados.
UGT Serveis Públics ha pedido a la Generalitat adicionar nuevas plazas a los procesos de estabilización de todos los sectores para dar oportunidad a todo el personal interino para consolidar su puesto de trabajo después años de servicio público sin opciones de consolidar su empleo.