El Diario Oficial de la Generalitat ha publicado el programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en el sistema sanitario valenciano de salud en 2022:
Objetivo y ámbito de aplicación
1. Aprobar el programa especial de productividad para la reducción de la demora asistencial en intervenciones quirúrgicas y en la realización de técnicas diagnósticas e intervencionistas en el Sistema Valenciano de Salud, para el ejercicio 2022.
2. Este programa se aplicará al personal estatutario que resulte necesario según lo establecido en el punto séptimo, en los departamentos de salud y hospitales de atención a crónicos y larga estancia (HACLE) gestionados directamente por la conselleria competente en materia de sanidad, y consistirá en la actividad asistencial realizada fuera de la jornada habitual de trabajo para reducir los tiempos de espera para intervenciones quirúrgicas, exploraciones y de técnicas diagnósticas e intervencionistas, contenidas en los anexos I, II, III, IV y V.
3. En caso de necesidad, podrá incorporase a la realización de las actividades descritas el personal con nombramiento eventual para la prestación de atención continuada.
4. El personal laboral subrogado gestionado directamente por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública podrá acceder a este programa previa negociación con la representación del personal y estableciendo mecanismos que eviten la duplicidad de retribución respecto a conceptos equivalentes de su régimen propio.
Condiciones generales del programa
1. La participación del personal en el programa tendrá carácter voluntario, y se realizará adicionalmente a la jornada habitual de trabajo, tanto ordinaria como complementaria. El compromiso de permanencia y disponibilidad será de duración cuatrimestral. Esto no obsta para que personal que se encuentre realizando su jornada ordinaria o módulos para profesionales de 55 o más años pueda realizar actividades de reducción de demora asistencial descritas en este programa, si bien en tal caso no devengará la retribución complementaria aquí prevista. Dentro de cada unidad, la participación del personal en el programa se realizará de forma equitativa, de lo que velará la dirección del centro.
2. El desarrollo de esta actividad por parte de los centros requiere el cumplimiento de las siguientes condiciones previas:
– Disponibilidad de recursos (quirófanos, camas, equipos, personal, etc.) para atender esta actividad adicional.
– Existencia de pacientes en lista de espera propios, o de otros centros o departamentos susceptibles de ser intervenidos en el centro.
– Capacidad de los servicios/unidades asistenciales para asumir dichos pacientes
Dotación presupuestaria y retribución
En los casos de complejidad de la patología la ocupación del quirófano sea alargado, se podrá retribuir la actividad realizada a través de este programa para una ocupación mínima de 5 horas de quirófano, de acuerdo a las siguientes cuantías: 389,21 € al personal facultativo; 252,98 € al personal de enfermería; 155,68 € al personal técnico especialista; 116,76 € al personal técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE); y 85,52 € al personal celador.
En departamentos con dificultad para conformar equipos quirúrgicos, estos podrán completarse mediante la adscripción de facultativos especialistas y de personal de enfermería de otros departamentos sanitarios, con la autorización de la Gerencia La retribución de profesionales provenientes de otros departamentos será de 545,63 € para el personal facultativo y de 354,65 para el de enfermería por sesión.
Este acuerdo tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.