Novedades para el 2021

UGT

Incremento general retribuciones 0,9%

Las retribuciones tendrán un incremento general del 0,9% en 2021, respecto de las vigentes el 31 de diciembre de 2020; esta referencia ya está aprobada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021 (artículo 18), publicada en el BOE del último día de 2020.Tal y como ha ocurrido los últimos ejercicios, en su momento se aplicará este incremento a todos nuestros conceptos salariales, con efectos desde el 1 de enero de 2021; este ejercicio la demora debe ser menor, ya que -a diferencia de los anteriores- sí hay unos nuevos PGE y no se han prorrogado los anteriores. 

Días adicionales año 2021: 6+2

Este año los días de asuntos propios que tendremos los empleados serán:

  • 6 días (regla general del TREBEP)
  • Días adicionales por trienios (2 más con el sexto trienio, y 1 más por cada trienio a partir del octavo) 

Paternidad: 16 semanas

En 2021 se aplica íntegramente, hasta las 16 semanas,el permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija, de acuerdo con la Disposición Transitoria Novena del TREBEP, cuyo texto es el siguiente: 

«Finalmente en 2021, la duración del permiso será de dieciséis semanas; las seis primeras semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción. Las diez semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido; ya sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al periodo de descanso obligatorio para la madre, o bien con posterioridad a la finalización de los permisos contenidos en los apartados a) y b) del artículo 49 o de la suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.» 

Jubilación

Incremento progresivo edad (en 2021, 66 años)La aplicación del aumento gradual de la edad de jubilación, en aplicación de la Ley 27/2011, supone unas de las novedades para 2021. 

  • Edad exigida para acceder al 100% de la pensión: 66 años, con menos de 37 años y 3 meses cotizados 65 años, con 37 años y 3 meses, o más
  • Cálculo de la pensión de jubilación: Con los últimos 24 años cotizados (se añade un año más) 

Jubilación voluntaria: Con 64 años de edad cumplidos y 35 años cotizados.Coeficiente reductor entre el 1,625 y el 2% por trimestre, según los años cotizados. 

Aplazamiento toma posesión Celadores aprobados en ejecución de sentencia 1115/2017 (OPE 2005) 

Se producirá desde el 25 de enero del 2021 hasta el mismo día del mes siguiente. DOGV 23/12/2020. Perderán el derecho de participación el personal que no tome posesión en plazo salvo fuerza mayor o imposibilidad acreditada.

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