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Las personas trabajadoras no tendrán que presentar a partir del 1 de abril la copia del parte médico de baja de la empresa

A PARTIR DEL 1 DE ABRIL LAS PERSONAS TRABAJADORAS NO TENDRÁN QUE PRESENTAR LA COPIA DEL PARTE MÉDICO DE BAJA EN LA EMPRESA.

El 5 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre por el que se modifica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Las NOVEDADES que presenta quedan resumidas en el siguiente cartel informativo elaborado por UGT PV:

Open Book

Es IMPORTANTE reseñar que, a día de hoy, esta norma NO ES APLICABLE a los regímenes especiales de las Fuerzas Armadas, ni a los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado ni al personal al servicio de la Administración de justicia.

Anexamos ambos reales decretos para su consulta:

  • Real Decreto 1060/2022: pdf
  • Real Decreto 625/2014: pdf

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