La sentencia de 30 de septiembre de 2021 del Juzgado Contencioso-administrativo nº 7 por el cual falla Estimar el recurso formulado por UGT y declara NULO y deja sin efecto los acuerdos de pleno que aprueban las modificaciones de las RPT´s, con expresa condena en costas a la Corporación.
UGT ha solicitado al Ayuntamiento de Paterna se dé cumplimiento a la obligación de la buena fe negociadora convocando una Mesa General Extraordinaria con el único punto del orden del día la aplicación y efectos de la sentencia.
Desde UGT instamos a la Corporación a que reflexione sobre la negociación colectiva en que se está llevando en el Ayuntamiento, teniendo en cuenta los derechos que la ley nos reconoce como sindicato. Así evitaremos en un futuro situaciones como estas que perjudican tanto al erario público como a las/os trabajadores del Ayuntamiento.