La nueva norma actualiza a 0,26 euros la indemnización por kilometraje y mejora las cuantías por asistencia a tribunales
El Diario Oficial de la Generalitat ha publicado el nuevo decreto sobre indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios por el cual se actualizan determinados conceptos retributivos en forma de indemnizaciones y gratificaciones a las que tiene derecho el personal funcionario en el desarrollo de sus funciones. La actualización de este decreto era una asignatura pendiente por parte del Gobierno de la Generalitat y formaba parte del Acuerdo de legislatura firmado por UGT Serveis Públics.
Las principales novedades que incorpora la nueva regulación son una mejora en el régimen y sistema de compensaciones por asistencias, tanto a los órganos técnicos de selección, como a los cursos de formación y otras colaboraciones formativas. Hasta la fecha se venían calificando como gratificaciones por servicios extraordinarios, cuando, conforme a su naturaleza jurídica, deben quedar incluidas entre los supuestos de indemnización por razón de servicio. De esta forma, la normativa autonómica se alinea con la normativa estatal y con la del resto de comunidades autónomas.
Por otro lado, el decreto contiene una mejora del régimen jurídico de las gratificaciones por servicios extraordinarios, con el fin de adecuarlo tanto a los requisitos que anualmente establece la ley de presupuestos, como a lo establecido en el Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat.
Resumen de indemnizaciones y compensaciones
A) Hospedaje, restauración y otros gastos
- Hospedaje: 65,97 euros/día
- Restauración: 37,44 euros/día
- Otros gastos: 3,84 euros/día
B) Indemnización por kilometraje
- Turismos: 0,26 euros/km
- Motocicletas: 0,106 euros/km
C) Asistencias
- Por participación en tribunales y comisiones de valoración, los importes máximos diarios varían según el puesto, por ejemplo:
- Presidente/a y secretario/a: 90 euros/día
- Vocales: 78,50 euros/día
- Personal colaborador de soporte técnico o administrativo: 75 euros/día
- Responsable de centro: 70 euros/día
- Responsable de aula: 60 euros/día
- Colaborador/a auxiliar de centro: 55 euros/día
- Colaborador/a de aula: 50 euros/día
Conferencias, ponencias y seminarios
- Moderador/a: 200 euros/jornada
- Conferenciante: 400 euros/conferencia
- Ponente: de 250 a 380 euros/ponencia
- Participante en mesa redonda: de 100 a 300 euros/sesión
- Personal colaborador: 50 euros/día
Procesos de aprendizaje
- Docencia presencial o en línea: de 90 a 120 euros/hora
- Coordinación de actividades formativas: de 300 a 500 euros
- Tutoría de actividades en línea (3 horas/semana): 300 euros
- Participación en comisiones de valoración: 135 euros/sesión
- Elaboración de casos/actividades prácticas: de 100 a 300 euros
- Elaboración de vídeos o píldoras audiovisuales: de 100 a 300 euros
- Tutoría de exámenes selectivos: 50 euros por colaboración y materia
Actividades de investigación y divulgación
- Dirección de revista: 400 euros/número
- Redacción de artículos: 60 euros/artículo
- Participación en comités de evaluación: 300 euros/sesión
Módulo diario (alojamiento y manutención)
- Importe máximo varía según el grupo profesional y si es día festivo o no:
- Subgrupo A1: 33,88 euros/día (laborable), 40,66 euros/día (festivo)
- Subgrupo A2: 29,15 euros/día (laborable), 34,86 euros/día (festivo)
- Subgrupos C1 y C2 y agrupaciones profesionales: 22,21 euros/día (laborable), 26,65 euros/día (festivo)
Vigilancia y protección
- Subgrupos A1 y A2: 14,58 euros/día
- Subgrupos C1 y C2 y agrupaciones profesionales: 13,19 euros/día
Puedes consultar el decreto completo en este enlace.